¿A que llamamos Campoo? Reflexiones sobre el paso de "territorio" a realidad jurídico administrativa en la Edad Media

Javier Ortiz Real

En la documentación más antigua que se conserva correspondiente a los siglos IX y X aparece ya Campoo como un ámbito territorial y poblacional plenamente definido, distinto y apartado de otros ámbitos limítrofes como es el de las Asturias de Santillana, Liébana o Castilla, a través de referencias documentales a "territorium de Campo"; "territorium de Campo Pau"; "urbe Campodii"y otras como "Campo Patenti"(1). Ello supone por tanto que en torno al año mil de nuestra era existía una configuración propia que la misma documentación permitirá conocer en su realidad jurídico administrativa durante los siglos posteriores y que responde a una personalidad de rasgos físicos distintos al resto de la región tanto por su orografía cuanto por su clima, diferenciado del de la zona costera de Cantabria (2).


Campoo aparece en gran parte en los siglos X al XII bajo la órbita del dominio de abadengo de San Pedro de Cervatos y de Santa María de Aguilar de Campoo, en cuyos cartularios se constata la existencia ya en tiempos tan tempranos de infinidad de núcleos de población en aquel "territorium de Campoo" que contaban con numerosas iglesias, muchas de ellas levantadas en el siglo XI, en "el siglo creador" tal como lo denominó Gómez Moreno, en aquel siglo en que el universo cristiano se recobraba de las profecías milenaristas que habían anunciado el fin del mundo para el año mil. Seguramente aquel desarrollo poblacional debió de contar necesariamente con el favor de condes y reyes y de la nobleza local, otorgando privilegios y exenciones.
Respecto al gobierno del territorio hemos de decir que en los primeros documentos que se conservan del Monasterio de Santa María de Aguilar solamente encontramos menciones a los Condes de Castilla, concretamente a García Sánchez en escritura del año 1020. Es ya en las primeras décadas del siglo XII cuando aparece netamente configurado el gobierno territorial con el nombre de Campoo como distrito o circunscripción convertida en Condado y gobernada en nombre del Monarca por la dignidad de Conde que estaba investida de amplias atribuciones políticas, militares, judiciales y financieras. Así sucede con el Conde Osorio en el año 1141 titulado como tal "comes" para los territorios de Aguilar, Liébana, Campoo y León.
Podemos observar por tanto que según ocurre entonces con Liébana y Saldaña, en donde aparece titulado el Conde Gome Díaz, significado magnate de la corte de Sancho el Mayor y de Fernando I, la documentación va ofreciendo otros distritos como "Aguilar" y "Amaya", en los que se titula "Senior" el Conde Fernando en 1175, y "Ordejón", "Avia" y "Ferrera", en donde este mismo personaje aparece como "Tenente" en los años 1182 y 1183.
La dualidad de los distritos de "Aguilar" y "Asturias" tal como aparecen en el año 1125 en el Cartulario de Santa María de Piasca (Liébana) bajo el gobierno del Conde Don Rodrigo, dará paso medio siglo después a la dualidad de distritos "Asturias et Campo"; esto es, Asturias de Santillana y territorio de Campoo, perfectamente diferenciado este último del territorio de Aguilar, aún cuando la estructura administrativa del siglo XIV los presente conjuntamente, formando, como es sabido, una de las más extensas merindades del reino (3).
Esta realidad se constata, por ejemplo, en el periodo de los años 1190 a 1200, siendo "Tenente"de Aguilar Gonzalo Pérez en 1192, la propia Reina Leonor en 1193 y 1199, y figurando al mismo tiempo al frente de los dos distritos (Asturias de Santillana y Campoo) como "Tenentes"Gil Gómez en 1190, Gonzalo Gómez en 1193 y el mismo Gil Gómez como "Dominante"o "Tenente" en 1197 y 1198, lo cual permite suponer que este último personaje había sido el tutelar del gobierno de estos distritos en la época final de siglo, bajo el reinado de Alfonso VIII, para ceder luego la "tenencia" a Lope Sánchez y a otros personajes.
Ahora bien, el gobierno conjunto no supone en absoluto la pérdida de identidad territorial de Campoo en esta época final del altomedievo y en ocasiones habrá un propio "Tenente" en Campoo, como don Alfonso en 1229 o don Alfonso de Molina en 1246, y un propio "Tenente" tanto en Asturias, como en Aguilar y en otras demarcaciones territoriales.
En lo que se refiere a otro de los importantes oficios que acabará quedando precisamente como más significado titular de las funciones delegadas del Monarca en aquellos mismos distritos y que inicialmente había surgido fundamentalmente como el encargado de la administración económica, el "Merino"; tiene un ámbito territorial mucho más amplio y agrupa, según constatamos en 1205, bajo la titularidad de Pedro Quevedo (4), las demarcaciones de Aguilar, Asturias (de Santillana) y Campoo, a las que añadirá todavía Liébana y Pernía según escritura de febrero del año 1239 del Cartulario de Santa María de Aguilar en la que figura Díaz Fernández como titular de aquel oficio de Merino en el conjunto de estas demarcaciones.


Mapa de la comarca de Campoo

Gozó el territorio de Campoo de su propio Fuero consuetudinario según se recoge en las fuentes jurídicas y documentales y concretamente, respecto de éstas últimas, en una carta de Alfonso VIII otorgada al monasterio de Aguilar el 19 de mayo del año 1203 por la que se hace donación a dicha iglesia de las heredades que llaman "coto" (clara alusión a la protección jurídica de aquellas tierras), situadas entre Fresno, Salces, Nestares y Berzosa (en el distrito que se llamará de Enmedio, muy cerca de Reinosa) (5).
Es opinión de G. Martínez Diez (6), que al donar la heredad al Monasterio de Aguilar se levanta el coto que sobre la misma gravitaba, desapareciendo la especial protección penal y, por ello, los ganados de las villas fronteras se regirán según las normas consuetudinarias de Campoo ( "secundum forum de Campo"). No nos ha llegado el texto de aquel Fuero territorial, y ni siquiera sabemos que hubiera tenido una versión íntegra, pero sí aparecen reliquias aisladas de este Derecho consuetudinario, tal como se recoge en el Libro de los Fueros de Castilla (7), que menciona por dos veces la palabra Campoo y que en una concretamente hace referencia el castigo que se impone por los homicidios:
"Esto es por Fuero de Campoo: que deven dar omesidio de muerte de omne trenta bues de una cornadura e de una sason. Et agora mandan que de tales trenta bues que vale cada uno dellos, cada, quatro maravedis".
Sin duda este texto pone de manifiesto la importancia de la ganadería en el mundo campurriano altomedieval, es decir, la importancia de sus pastizales y las características de su estructura económica con una ganadería extensiva que es la destinataria de una buena parte de los recursos económicos de su superficie comarcal.
A las costumbres pastoriles de Campoo en época bien temprana hace mención el documento de la Catedral de Oviedo del año 853 (8) que, aún interpolado, resulta de gran interés: "Et in territorio de Campo, braneas, pascua, quas vulgus dicit seles, invengrate ad illam lamam, etalteram ubi dicitur Pilella, et alteram ubi dicum Fontem Frigidam, ad illos sexos". Lo que en romance quiere decir, "Y en el territorio de Campoo, brañas y pastos que vulgarmente se llaman "seles", y que se encuentran junto a Lamar (Lamudo) y otras donde se dice Pilella y otra donde se dice Fuenfría, en los Sejos". Probablemente son también altomedievales los usos y costumbres de aquellas cabañas ganaderas, sus migraciones e incluso la localización de sus "seles" o asentamientos de cada grupo local o supralocal campurriano y de las Asturias de Santillana con respecto a los pastos de altura, de las que su recuerdo e incluso su presencia física ha llegado hasta el tiempo presente.
De nuevo habrán de ser también los cartularios altomedievales los que nos dan noticia o más bien referencia precisa del momento en el que van surgiendo las diversas entidades locales de Campoo que podrían constituir una zona de elevada densidad poblacional desde la época prerromana, y en tal sentido merece la pena consignar la gran cantidad de lugares que aparecen como núcleos habitados en la época medieval de la que tantas manifestaciones hay a través de sus restos arqueológicos y de sus manifestaciones artísticas.
De entre los que se han conservado el más antiguo de los documentos, y con él empieza precisamente la copia del cartulario de Cervatos, es el famoso Fuero de Cervatos (9) concedido por el Conde Don Sancho García y su mujer Doña Urraca en el año 999. Es este texto una carta de franquicias apócrifa a través de la cual se otorga la inmunidad en favor del citado monasterio, cuya falsedad textual ha sido expuesta por G. Martínez Díez (10), quien hace patente sus anacronismos, errores de estilo e invenciones para situarla cronológicamente con posterioridad al 4 de Diciembre de 1186, en cuya fecha pasó el citado monasterio de Cervatos al patrimonio de la iglesia de Burgos mediante trueque de heredades con el rey Alfonso VIII. Sin embargo de la existencia real de este fuero de Cervatos no debe quedar la menor duda, con independencia de la redacción original que tuviese, pues es un hecho que el rey Alfonso X se lo concedió el 14 de marzo del año 1255 al lugar de Aguilar de Campoo: "Et doles et otorgoles a todos comunalmente que ayan el fuero del mio libro que estava en Cervatos pora siempre jamás, porque vivan et que usen por él" (11).
Nos interesa fundamentalmente este texto porque al señalar los términos y pertenencias va precisando lugares habitados concretos y entre ellos Celada de Campoo de Suso, Proaño, Fontibre, Ciella, Nestares, Cañeda, Reinosa, Requejo, Dueso, Agüayo, Rioseco, Matamorosa, Celada Marlantes, Riconcho, Arcera, Rebolledo, Matarrepudio, Cueva, Henestrosa, Revilla de Valdeolea, Salcedillo, etc. En este mismo texto se menciona el nombre de Campoo contrapuesto al de Asturias de Santillana como los dos grandes distritos en los que el citado monasterio de Cervatos poseía bienes, iglesias y heredades.
Junto a esta documentación hemos de considerar como muy importante y, desde luego, complementaria, la documentación procedente del monasterio de Santa María de Aguilar que se conserva en el Archivo Histórico Nacional (12). Desde el año 1020 las escrituras van presentando las correspondientes referencias y, con posterioridad, a fines del siglo XIII, el dominio de Santa María de Aguilar se documenta en numerosos lugares de Campoo (13).
Algunas piezas como el políptico o registro general de rentas o censos que de este monasterio se conservan, y que se data a principios del siglo XIV, precisan asimismo los bienes concretos en un elevado número de lugares de Campoo (14). Además, a esta información documentada de los Cartularios de Cervatos y Santa María de Aguilar hemos de añadir las referencias que los pergaminos y escrituras de la Abadía de Santillana también proporcionan (15). Todos estos testimonios documentales nos permiten tener una visión para la época altomedieval, sobre todo para los siglos XI y XII, muy interesante con respecto al citado poblamiento, que agrupamos ahora en los correspondientes distritos que formarán en la época moderna las conocidas Hermandades de Campoo y que tienen sus antecedentes, como luego veremos, en la propia formación de las demarcaciones de los siglos XII y XIII.
 
Campoo de Enmedio
En el paso de la calzada romana y por tanto en un importante lugar estratégico, se sitúa la localidad de Cervatos en la que en el siglo X probablemente se funda la iglesia transformada en Colegiata hacia 1130 (la inscripción de la portada se data en 1129). Ya hemos aludido al famoso fuero apócrifo del 999 y a la donación en 1135 por Alfonso VII de las iglesias de Villaescusa y Alfoz de Amaya, la torre y las esculturas se datan en los últimos años del siglo XII y aparece en la propia colegiata una necrópolis medieval.
La existencia de estas necrópolis altomedievales se generaliza en diversos lugares de Campoo como sucede también en Bolmir (citado en documento de 1057 "Botmiri"), bajo cuya iglesia románica de San Cipriano se conservan tumbas de lajas y cerámica altomedieval, y en el Monasterio de Santa María del Fresno, en Fresno del Río, mencionado en 1163 en la donación de Alfonso VII, cuya necrópolis corresponde también a los siglos XI y XII y de la cual procede una estela discoidea. A la localidad de Retortillo (citado en 1047 “Rio Tortillo” como lugar en el que se ceden heredades a la iglesia de Santa María), corresponden dos yacimientos: una necrópolis altomedieval alrededor de la iglesia románica con estelas modelos de cruces griegas, latinas y visigóticas, y el yacimiento del Campo de San Sebastián, a un kilómetro al sur del pueblo, con cerámica de la repoblación.
Documentada en el Fuero apócrifo de Cervatos y en donación de 1119 a Silos de la iglesia de San Pantaleón de Celada aparece el lugar de Celada Marlantes en cuyo sitio de la pared se ha localizado una necrópolis altomedieval con sarcófagos y estelas discoideas, así como en el lugar de Aldueso un castro altomedieval con materiales cerámicos.
También ha de significarse en el poblamiento altomedieval el lugar de Fontvellida ("Fuent Vellida'), en el que se encuentra la pequeña iglesia románica de Santa Cruz.
 
Campoo de Suso

El único resto del arte románico que pervive en esta zona, la más septentrional de Campoo, es la iglesia de Santa María la Mayor de Villacantid, y también era de fábrica románica del siglo XII la iglesia de San Felix de Fontibre.
Es importante destacar la llamada cerámica de la repoblación encontrada en los diversos lugares de Campoo y, por lo que respecta a esta zona, en Suano, Barrio de Suso y Mazandrero, que testimonian una presencia humana estable en la época alto medieval y a estas menciones cabe unir los descubrimientos de necrópolis en Entrambasaguas junto a la ermita e iglesia dedicada a Santa María, La Miña y, sobretodo, en Espinilla, en cuyas estelas aparecen nombres como el de "Lopine" que pone de manifiesto la pervivencia de nombres indígenas prerromanos.
 
Campoo de Yuso
También quedan huellas en Campoo de Yuso cuyo territorio parcialmente quedó anegado por el embalse del Ebro. Son dos los restos de primitivas iglesias románicas: San Román de Orzales y la iglesia de la Población de Yuso con un humilde ábside de sillería coronada con canecillos decorativos.
 
Valdeolea
Ruinas medievales del "Castillo de las Henestrosas"Abundantes son también las manifestaciones del arte románico y la huellas del poblamiento altomedieval que se constatan en las excavaciones arqueológicas y, sobre todo, en las necrópolis descubiertas. De entre las primeras, las iglesias románicas, cabe mencionar la de San Martín de los Hoyos donde se ha localizado restos de cerámica; en Olea, la pequeña ermita románica de San Miguel y los restos románicos de la parroquia de Santa María, así como las iglesias también románicas de San Juan Bautista de Mata de Hoz, de San Isidoro de Reinosilla y de Enestroso de las Quintanillas fechada a finales del siglo XII. En algunas de éstas, como sucede en la iglesia de Santa María de Hoyos y en la citada de Olea, se han encontrado necrópolis junto a las iglesias y estas investigaciones arqueológicas completan las referencias a poblamiento de otros lugares en los que también han aparecido necrópolis altomedievales, como sucede en Camesa, Rebolledo de Camesa y Santa Olalla. Por último, ha de significarse la antigua fortificación altomedieval descubierta en Barrio Palacio con interesantes restos de cerámica y una moneda acuñada por el Rey de Aragón Sancho Ramírez (1063 a 1094).
 
Valdeprado
Del mismo modo y con idéntica abundancia, hay que señalar la importancia del románico en Campoo en las iglesias de Santa María La Mayor de Barruelo de Los Carabeos (que aparece en el Apócrifo de Cervatos y en escritura de 1168), en la iglesia de Santa María de Prado (1183), en la iglesia románica de Arcera de fines del siglo XII, y en las de San Juan Bautista de Aldea de Ebro y Santa Juliana de Hormiguera. Necrópolis y tumbas han sido asimismo halladas en Aroco, Arcera, Barruelo, San Andrés, Aldea de Ebro y Valdeprado.
 
Valderredible
El último de los territorios o entidades supralocales que conforman Campoo es el valle de Valderredible, que tiene un interés singular por cuanto cerca de medio centenar de sus localidades conservan importantes restos de la época altomedieval, de los primeros tiempos de la repoblación y, probablemente, haya de unirse esta gran manifestación de vida y poblamiento con los tiempos anteriores si la investigación arqueológica lo permite.
La más importante de las iglesias románicas es la de San Martín de Elines (o Helines) asentada en el pueblo de su nombre, cuyo primitivo edificio mozárabe se levantó con motivo de la corriente repobladora que a finales del siglo IX alcanzó a la región, dirigida por los fundadores de San Miguel de Escalada, Fernando y Gutina (16), y esta es la iglesia que aparece arruinada en 1102 en una referencia de la historia del monasterio de Cardeña.
Muchas son la manifestaciones de iglesias rústicas y de iglesias rupestres que se sitúan entre los siglos VIII y X, entre las cuales hay que significar en Valderredible la de la iglesia rupestre de Cadalso del periodo de la repoblación, 1a ermita rupestre de Campoo de Ebro (siglos VIII al X), la ermita de Loma Somera datada en el siglo XII, los eremitorios de Santa Cecilia de Valderredible que corresponden a población de abajo y de los que encontramos referencia documental en el 967, la ermita románica de Santa María de Rebollar de Ebro, el monasterio de Ruanales datado en 1068, la iglesia rupestre de Santa María de Valverde y el monasterio de San Juan de Alania que aparece mencionado en un documento de Oña del 1048 y que se refiere a la iglesia de Villanueva de la Nía.
Son asimismo abundantes las necrópolis altomedievales que se datan a los siglos IX al XI, así como un importante conjunto de cuevas artificiales; entre las primeras hay que citar las de Arenillas de Ebro, Bustillo del Monte, Castrillo de Valdelomar. Lomasomera, Montecillo, Población de Abajo, Puente del Valle, Rasgada, Rebollar de Ebro, Renedo de Brida, Répido, Revelillas, Rucandio, Ruerrero, San Cristóbal del Monte, Susilla, Villamóñico y Villanueva de la Nía. En algunos de estos lugares solamente aparecen algunas tumbas o sarcófagos. Y no faltan en algunos lugares restos de cerámicas como en Polientes, Rehollar de Ebro y San Martín de Valdelomar,
Son muy significativas por último las cuevas artificiales que se datan de los siglos IX y X, de entre las cuales hemos de destacar las de Quintanilla de Rucandio, San Andrés y San Martín de Valdelomar, Villamónico, Villanueva de la Nía y Villaescusa de Ebro.
Nos queda por hacer una última y expresa referencia a la localidad llamada a desempeñar por su situación geográfica (en el corazón de Campoo), el papel de la capitalidad del distrito: Reinosa. Ya hemos considerado su aparición en el apócrifo Fuero de Cervatos que asigna en su ámbito "cuatro solares" pertenecientes al citado monasterio por concesión del Conde de Castilla Sancho García, y varias son las menciones que de la citada villa contiene el Cartularío de Santa María de Aguilar expresamente en el año de 1206 a propósito de la confirmación al Monasterio de sus heredades en Campoo y concretamente de sus bienes en Reinosa (3 molinos y 2 collazos y coto de Campoo), así como menciones posteriores del año 1231 y del siglo XIV. Pero habrá de ser en la segunda mitad del siglo XIII cuando con toda probabilidad se desarrolle este núcleo urbano pasando a ser la capitalidad territorial con la configuración de la Merindad de Campoo, sede a la que acudirán los correspondientes titulares de los oficios de la administración territorial en la Baja Edad Media: Merinos y Corregidores.
Tal y como sucede en las restantes circunscripciones de la región de Cantabria, también en Campoo emergen unas entidades supralocales dentro del propio territorio, de las cuales la referencia más antigua de las menciones es la que configura a un "tenente"en 1182 y 1183 como titular en Avia, Ordejón y Herrera, aunque estos sean distritos al sur de la tierra campurriana.
Es conocida sobradamente la definitiva conformación de las Hermandades, esto es, la división de Campoo en varios distritos que tomaron a fines de la Edad Media aquel nombre, uno de los cuales, la Hermandad de Campoo de Yuso, perdura aún y da nombre al correspondiente ayuntamiento constitucional, pero es precisamente la única de las entidades supralocales que no tomó el nombre de Hermandad la que aparece en diversas menciones documentadas en la Alta Edad Media, el valle de Valderredible, y la primera referencia corresponde a una escritura del 967 del Cartulario de San Salvador de Oña "Val de Ripa Hibre", figurando con posterioridad en diversos documentos de los Cartularios de Santa María de Aguilar y de la Abadía de Santillana. Las restantes referencias de carácter territorial sólo serán las genéricas de Campoo que hemos visto al principio de este apartado.
Tal como hemos venido adelantando dos son los centros monásticos de tierras de Campoo que entrarán en decadencia a partir del siglo XIII. El monasterio de Santa María de Aguilar que expande su influencia por todo el territorio de Campoo e Iguña y otros valles por el norte sufre también un proceso de decadencia claramente definido en el siglo XIII, aún cuando todavía se constatan compras en Valdeiguña (1229), Valderredible (1231) y heredades en Barcenaciones y Tagle en 1250, pero el proceso de deterioro sobre todo es afectado por la expansión señorial y el propio paso al realengo de la villa de Aguilar operado en 1255, manteniéndose así hasta 1332 en que pasa a señorío otorgado por Alfonso XI a su hijo don Pedro de Aguilar, el primero de los descendientes de doña Leonor de Guzmán, y a su muerte, a don Tello en 1339. Y el monasterio de San Pedro de Cervatos cuyo dominio se extiende por todas las demarcaciones territoriales de las futuras Hermandades así como por Iguña, Buelna y algunas localidades en las Asturias de Santillana, también se encuentra en franca decadencia en el siglo XIII, época en que sus abades Bermudo y Ferrán Martínez aparecen en permutas y vetas de tierras y heredades.
De este deterioro da manifiesta prueba el Becerro de las Behetrías de 1352 que señala como yermo y poblado tan sólo por dos “fijosdalgo e dos mujeres viudas que son pobres" dicho lugar de Cervatos, y más propiamente un privilegio de Fernando IV confirmando el Fuero con el fin de estimular una repoblación en una de cuyas confirmaciones realizada por el rey Juan I se explícita este objetivo: "... porque se pueblen los solares y logares de la dicha eglesia que estan despobladas, especialmente en dicho logar de Cervatos".
Por concesión real el territorio de Campoo quedó adscrito al régimen señorial de solariego que recayó en el infante don Tello, hijo legitimado del rey Alfonso XI y al hijo de aquel Juan Téllez. Por esta razón cuando se realiza en 1352 el Libro Becerro de las Behetrías numerosos lugares de Campoo manifiestan ser del Conde don Tello (17). La crisis del régimen señorial de abadengo se opera en beneficio de los linajes locales, y así en 1352 aparecerán los Bustamante con señorío en la Hermandad de Campoo de Suso (18), los Cabedo, Castañeda, Calderón, Cueva, Hoyos, Horna, Lucio y otros, así como vinculaciones, que todavía pervivían con los abadías de Aguilar y Cervatos. Se precisa en esta fuente documental que las tierras de Campoo son de "behetría", es decir, que aparece generalizada la posibilidad de elegir señor por parte de los habitantes de estos viejos pueblos del "territorium" de Campoo, pero con el paso del tiempo caerían bajo la órbita del poder señorial de dos grandes linajes, los Manriques y los Mendozas, enfrentados entre sí, y que gozaban con partidarios entre los linajes campurrianos ligados a uno u otro bando, lo que daría lugar a una notable conflictividad social en Campoo (19).
 

NOTAS
 
(1) En la donación de Santa María de Yermo hecha el 22 de abril de 853 a la iglesia de Oviedo se cita el "territorio de Campo". El jueves 5 de mayo de 987 el conde García Fernández y su mujer doña Aba conceden a Santillana varias iglesias, entre ellas la de San Cipriano en Fontecha "in territorium de Campo Pau". El 2 de marzo de 999, en el fuero apócrifo de Cervatos se dice que la iglesia de Cervatos está "in urbe Campodio”. también se cita al territorio como "Campo Patentii” (campo abierto). El martes 24 de junio de 1001 Junio Gutiérrez y doña Fronilde hacen donación a la abadía de Santillana de varias heredades e iglesias, entre las cuales está la iglesia de San Pedro "qui est in territorium de Campo Pau". El viernes 7 de abril (Sin año. Ca. 1018 1028), El conde García, hijo del Conde don Sancho y de la Condesa Urraca, concede a la abadía de Santillana la iglesia de san Felices (en Fontibre) "que est fundata in territorio de Campo iuxta flumine Ibrio". Las referencias son muchas.
(2) Esta diferenciación continúa en la documentación de los siglos XI, XII y XIII y se mantiene a lo largo de la Baja Edad Media y de la Época Moderna, y así lo constatamos en escrituras del año 1111 en el que se dona a la Abadía de Santillana la villa de Soto (Campoo de Suso) "in territorio de Campo", o por ejemplo en el año 1203 en la mención general del Fuero de Campoo que aparece en la concesión de la heredad de Coto al Monasterio de Aguilar, extendiendo tal fuero a heredades de Enmedio (Fresno, Salces, Nestares y Berzosa).
(3) Así aparece concretamente en el Libro de las Merindades de Castilla (1352).
(4) A quien el rey Alfonso VIII otorgó un privilegio en Palencia el 4 de marzo del año 1185 por el que se concedía al monasterio de Santa María "que dicen de Quevedo" y al citado Pedro de Quevedo, merino real, la iglesia de Orzales en Campoo de Yuso.
(5) Se hace referencia a este privilegio en la Colección de Fueros y Cartas Pueblas de España. R.A.H. Madrid, 1852, 58.
(6) MARTÍNEZ DÍEZ, G.: Fueros locales de la provincia de Santander. A.H.D.E., XLVI, 1976, pp. 527-608.
(7) GALO SÁNCHEZ, D.: Libro de los Fueros de Castilla. Barcelona, 1924, p. 147.
(8) Cit. Utsupra. Nota 1.
(9) Una primera redacción ha sido publicada por PÉREZ DE URBEL, J.: Historia del Condado de Castilla, III, 1265-1269. Una segunda redacción fue publicada por RÍOS Y RÍOS, A.: Noticia histórica de las behetrías. Madrid, 1876, Apéndice 5, pp. 153-158; esta misma sería publicada por ESCAGEDO SALMÓN, M.: Costumbres pastoriles, pp. 41-42; la misma de ESCAGEDO sería publicada también por CALDERÓN ESCALADA: Campoo. Santander, 1971, pp. 213 214. Ambas redacciones han sido publicadas y consideradas como apócrifas por MARTÍNEZ DÍEZ, Ob. Cit.
(10) MARTÍNEZ DÍEZ, G.: Ob. Cit., pp. 529-533
(11) Pub. HUIDOBRO SERNA, L.: Breve historia de la Muy Noble Villa de Aguilar de Campoo. Palencia, 1980, pp. 201-203.
(12) Recogida en gran medida por MERCHÁN FERNÁNDEZ, C.: Sobre los orígenes del régimen señorial en Castilla. El Abadengo de Aguilar de Campoo (1020-1369). Universidad de Málaga, 1982.
(13) Así en Campoo de Suso: Mazandrero, Barrio, Paracuelles, Valeras, Soto, Reulanes, Campo y Lomba. En Campoo de Enmedio: Fontecha, Salces, Requejo, Bolmir, Berzosa, Nestares y Matamorosa. En Reinosa: heredades y molinos. En Valdeolea: Olea, San Martín de Hoyos, Castillo de Haya, Camesa, Matarrepudio, Espinosa, Valberzosa, La Quintana y Henestrosa de Quintanillas. En Valdeprado: Sotillo y Candenosa. En Valderredible: Navamuel, Igeda, Rasgada, Lastrilla, Castrillo, Revelillas, Susilla, Villamónico, Berzosilla, Bascones de Ebro, Campoo de Ebro, Respondilla, Sobrepeña, Sobrepenilla, Quintanas, Olmo, Salcedo, Repudio, Valderredible.
(14) Entre otros Cesura, Vimón, La Población, Lanchares, Henestar del Campo, Reinosa, Celada, Valderredible, Quintana, Villamónico, Susilla, etc. .
(15) Tal es el caso de San Felices "in territorio de Campo" (1018), Riotortillo (1057), Bolmir (1057), "Navamuelle" (1060), Soto (1111), Fontecha, Ferrera de Campoo, "Valdesordo" (1236) y otras diversas, Aguayo (en privilegio de Alfonso VIII de 1169), etc.
(16) Aunque su primera edificación se atribuye por algún autor a un tal Felino, Obispo de Oca, en el siglo X. Cfr. Huidobro Serna, Ob. Cit., p. 196.
(17) Tal es el caso de Renedo, Abiada, Pesquera, Somballe, Matamorisca, Hervosa, Rucandio, Helecha, La Lomba, Riaño, Entrambasaguas, Otero de Ebro, Aradillos, Pozancos, Villavega, Villaescusa y San Vicente del Castillo, y en otros como Reinosa tenía el derecho de la "martiniega".
(18) Fundamentalmente en los pueblos de Bustamante, Orzales, La Costana y Bimón.
(19) Cfr. ORTÍZ REAL, J.: Cantabria en el siglo XV. Aproximación al estudio de los conflictos sociales. Santander, 1985.